Como todos sabéis desde febrero se ha ido produciendo una
disminución de trabajo en el servicio de BO Especialista, de nuevo hemos
atravesado una situación difícil y durante semanas la incertidumbre
de no saber qué iba a pasar con el centro si no venía un nuevo servicio, de
hecho, muchos de nuestros compañeros han sido despedidos.
Con la llegada del nuevo
servicio Emisión Portabilidad, la empresa nos reúne para informarnos de
la necesidad de realizar modificación sustancial de la jornada de
trabajo, para ajustar la franja horaria establecida por el cliente, de 9:00 a 22:00
horas, en principio de lunes a viernes.
Los afectados en esta modificación de horarios serían 66
trabajadores y además debido al aumento de trabajo se han incorporados 24 de
los trabajadores anteriormente despedidos.
La empresa nos comunicó que también había barajado la posibilidad
de reducciones de jornada, pero sólo
se van a ajustar las horas a la franja horaria anteriormente indicada.
Las secciones sindicales de
CCOO y STC no tienen posibilidad de evitar la modificación de horarios ya que
la Reforma Laboral nos deja en una situación de clara desventaja respecto de la
empresa. No obstante, estamos dispuestos a asumir un cambio de horarios que no
podemos evitar si como contraprestación ofrecen algunas medidas compensatorias
que deben de ir firmadas a través de un acuerdo.
Intentando paliar el malestar que estos cambios van a causar a los
trabajadores al tener planificada su vida laboral y personal, hemos planteado
varias propuestas. Algunas de las
aceptadas son las siguientes:
·
Que los trabajadores de 39 horas que iban a quedar fijos en
horario de tarde, mantengan sus rotaciones como actualmente se vienen haciendo,
es decir, 1 mes de mañana, 2 de tarde.
·
Que los trabajadores con jornada inferior a 30 horas, aumenten su
jornada hasta 30 horas, porque estaban en desigualdad de condiciones.
·
Los trabajadores con jornadas de 30 o 35 horas pueden realizar
cambios de turno entre la mañana y la tarde, dentro del mismo servicio, con el
mismo protocolo que los trabajadores de 39 horas.
La Reforma Laboral no nos da mucho margen de actuación
y la empresa puede hacer estos cambios sin acuerdo con el Comité de Empresa,
según el artículo 41.5., a pesar de eso tanto CCOO como STC hemos intentado casi
sin margen trabajar por no entorpecer el mantenimiento de la actividad y arañar
algunas compensaciones.
