miércoles, 27 de junio de 2012

Sentencia que confirma el derecho a recuperar vacaciones que coincidan con días de baja -

27-06-2012. El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas falla a favor de Comisiones Obreras, y confirma que el trabajador o trabajadora tiene derecho a disfrutar de sus vacaciones anuales retribuidas aunque éstas coincidan con un periodo de baja por enfermedad.
El Tribunal recuerda que existe una reiterada jurisprudencia que recoge que el derecho a las vacaciones anuales retribuidas debe considerarse un principio del Derecho Social de la Unión Europea de especial importancia y precisa, en esta última sentencia, que este derecho consiste en permitir que los trabajadores y trabajadoras descansen y dispongan de un periodo de ocio y esparcimiento, por lo que la incapacidad laboral no debe impedir el disfrute de ese derecho.

El fallo pone fin a las demandas presentadas por las organizaciones sindicales en representación del personal trabajador, entre ellas CCOO, contra la negativa de la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (ANGED), que se oponía a que sus trabajadores recuperaran las vacaciones cuando enfermaban durante su disfrute, salvo en las situaciones contempladas en la normativa española.

El Tribunal Supremo, a donde llegó este conflicto colectivo, presentó una pregunta al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas quien, finalmente, sentenció sobre el derecho a recuperar las vacaciones interrumpidas por enfermedad.

Comisiones Obreras
valora muy positivamente este dictamen que aclara, definitivamente la cuestión y cierra la controversia que mantienen algunas empresas.